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Piso en venta en Mérida, Badajoz

Ref: 9004
Piso
117 m2 construidos.
Venta: 109.900 €
Habitaciones. . . . 3
Baños. . . . 2
Trastero. . . .
Calf. Energ: D

INMUEBLE NO VISITABLE… SE REQUIERE PAGO CON FONDOS PROPIOS DECLARADOS NO SE PUEDE HIPOTECAR.

LA CESIÓN DE REMATE ES TU GRAN OPORTUNIDAD. Es el último paso de una subasta judicial donde el banco prefiere ceder la adjudicación a un tercero antes que sumarlo a su listado de inmuebles en su balance.

¡¡¡¡INVERSOR!!!! ESTE ANUNCIO ES PARA TÍ. 

Nuestra especialista en inversiones inmobiliarias Cristina Moriones y su equipo, pone en tus manos esta posibilidad de inversión para que guiado y acompañado alcances la rentabilidad deseada o te hagas con el inmueble que esperas.

Ponemos a tu servicio toda nuestra experiencia.

Descripción

INMUEBLE NO VISITABLE… SE REQUIERE PAGO CON FONDOS PROPIOS DECLARADOS

Las dimensiones y características de las propiedades ofrecidas en cesiones de remate son aproximadas ya que los datos son contrastados con la Sede Electrónica del Catastro y no con el Título de Propiedad. Se transmitirá el inmueble como cuerpo cierto.

Al no tratarse de una venta mediante escritura pública sino de una cesión de remate, la aprobación del remate y la cesión debe ser aprobada por el Letrado de la Administración Judicial correspondiente. Los tiempos de obtención del decreto de adjudicación son aproximados estando la media aproximadamente entre 6 y 9 meses, dependiendo de la celeridad del Juzgado que tramite el expediente.

 La propiedad se transfiere libre de cargas, salvo las preferentes que son aquellos gastos que se puedan generar en la propiedad, tales como, comunidad e IBI, estas son las que se consideran cargas preferentes por lo que serán responsabilidad del adjudicatario con las limitaciones que marca la ley de enjuiciamiento civil.

Las visitas al interior de la propiedad no se pueden realizar dado que no se tiene la posesión del inmueble.

Se desconoce el estado de ocupación de la propiedad.

El precio mostrado en esta publicación, incluye el precio de adjudicación y nuestros honorarios, pero dicho precio puede modificarse por parte del fondo hasta la formalización del contrato de cesión a criterio del comité de sanción del propio fondo, llegado el caso se pactarán los honorarios de gestión y representación previamente a la formalización definitiva.

El ITP se paga en base al precio de adjudicación por el fondo o al de referencia si este fuese mayor.

Por norma general se desconoce si necesita reforma o no. 

Para más detalles por favor visite la web www.cristinamoriones.com